Igualdad ante la ley en cuanto a derechos y total desigualdad ante la ley en materia de deberes

Sin las responsabilidades de la familia sobre la mutua ayuda de los cónyuges y respecto de los hijos, por el propio hecho de ser revocable en cualquier momento, a estas uniones se les otorgan, sin embargo, múltiples beneficios, que según el objetivo de sus propulsores deben llegar a igualarse a los del matrimonio.

Desde luego la ley de Madrid contempla igualdad respecto de la función pública y dispone que "los derechos y obligaciones establecidos en la normativa madrileña de Derecho Público para los miembros de parejas que hayan contraído matrimonio, serán de aplicación a los miembros de la unión de hecho" (art. 9). Igual cláusula encontramos en la ley valenciana. En Navarra, los beneficios son aún mucho mayores en cuanto a adopción, tutela, régimen sucesorio, fiscal y de función pública.

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