No es un contrato, es un registro

Al contrario del matrimonio, no se trata propiamente de un contrato sino apenas de una "inscripción de la unión en el Registro de Uniones de hecho" de "personas que convivan en parejas de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable, al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad...". (Art. 1.º de las Leyes de Madrid y Valencia).

Para ese registro, esta previa convivencia basta que sea acreditada por dos testigos.

En fin, la ley apenas permite, optativamente, establecer pactos para regir sus relaciones económicas.

Hágase amigo

Dónde estamos

Dónde estamos

DondeEstamos 
   
We use cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo). Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.