Es un registro fácilmente revocable

Divergente del matrimonio, que es indisoluble, la pareja "se considerará disuelta", entre otros casos, "por mutuo acuerdo", "por voluntad unilateral de uno de los miembros", notificada al otro, por cese efectivo de la convivencia por un período superior a seis meses (Madrid y Valencia) o un año (Navarra). Basta que uno solo de los miembros cancele la inscripción de la unión de hecho en el Registro.

Ni el mero matrimonio civil, con la posibilidad de divorcio que existe en España, es comparable a las uniones de hecho. El divorcio requiere una serie de condiciones y formalidades, y trae consecuencias que no existen en la cancelación de las uniones de hecho.

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